La ley 108-05 tiene diez principios y otros tantos en sus considerandos expuestos en la página "Módulo I, Marco Jurisdicción Inmobiliaria, Principios y Criterios", que exploramos nuevamente para determinar su relación con el proceso de saneamiento que constituye nuestro objeto de trabajo y en el marco igual del sistema jurídico que interviene esta materia.
I. GENERALIDADES
1. Concepto
El saneamiento es el primer proceso que cita la ley 108-05 en su artículo primero por medio al cual se propone titular y registrar por vez primera la tierra y los derechos de propiedad sobre ella.
2. Competencia
La competencia es de la Jurisdicción Inmobiliaria en razón de la materia, inicia desde que se solicita la autorización para la mensura o a juicio de Ciprian "con la fijación de la fecha de la mensura" (2008:311) y consiste en individualizar, ubicar y determinar el terreno sobre el que se reclama el derecho de propiedad a registrar (Art. 25, Ley 108-05).
3. Fuente
Las fuentes de este proceso son:
El saneamiento es el primer proceso que cita la ley 108-05 en su artículo primero por medio al cual se propone titular y registrar por vez primera la tierra y los derechos de propiedad sobre ella.
2. Competencia
La competencia es de la Jurisdicción Inmobiliaria en razón de la materia, inicia desde que se solicita la autorización para la mensura o a juicio de Ciprian "con la fijación de la fecha de la mensura" (2008:311) y consiste en individualizar, ubicar y determinar el terreno sobre el que se reclama el derecho de propiedad a registrar (Art. 25, Ley 108-05).
3. Fuente
Las fuentes de este proceso son:
- La Constitución (art. 51),
- Ley 108-05,
- Bloque de Constitucionalidad (art. 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el art 21 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos);
- Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierra y de Jurisdicción Original de la Jurisdicción Inmobiliaria ((artículos 115 al 131),
- Reglamento General de Mensuras Catastrales (142 al 145) (por Res. 628-2009 del 23 de abril del 2009).
- Artículos 544 y 545 del Código Civil.
El proceso de saneamiento tiene tres etapas y cada una un procedimiento particular que vamos a conocer en esta unidad. El objetivo general consiste en mostrar una panorámica de dicho proceso y sus procedimientos.
2. LOS PRINCIPIOS
La referida norma enumera diez principios, pero hay otros que aparecen en sus CONSIDERANDOS, entre ellos hay uno que les sirve de sombrilla, cuál podría ser este principio? Este principio es de SEGURIDAD JURÍDICA (quinto Considerando). Otro imperceptible es el bien común que todos ellos buscan realizar, y obvio la nota real de la norma "la justicia", o bien, el fin del derecho. La misma ley tiene contemplado la forma operativa de todos ellos por medio a la coherencia, o el fin de la lógica (cuarto Considerado).
Los DIEZ PRINCIPIOS numerados son:
1. De Regulación, atribuido a la Ley 108-05 respecto a los derechos reales que tengan por naturaleza inmuebles registrados o deban ser registrados, y derechos accesorios a ellos.
2. Publicidad, que se realiza por los criterios de especialidad, legalidad, legitimidad y publicidad que lleva su mismo nombre.
3. El Estado, propietario original de los terrenos del territorio de la República Dominicana, sobre los cuales otros no puedan probar calidad de propietario de los mismos.
4. Imprescriptibilidad del derecho registrado, que servirá para proteger el derecho de propiedad "por los siglos de los siglos", salvo intervención del mismo llamado a protegerlo.
5. Orden Público, que significa que el objeto de la Ley 108-05 no pueden decirlo las partes, sino que han hacerlo conforme a esta ley.
6. Facultad legislativa de la Suprema Corte de Justicia, solo las que sean complementarias y que no riñan con la Ley y la Constitución, por supuesto.
7. Sistema de fuente o de jararquía, prevalencia de la Constitución y la Ley sobre las disposiciones reglamentarias, resoluciones u actos administrativos de los Facultados.
8. Tarea de zanar dudas, contradicciones y carencias, usando el Derecho común para suplir la Ley 108-05.
9. Libertad de prueba, con la finalidad de esclarecer la verdad y asegurar el fin del derecho o la sana administración de justicia.
10. Ejercicio abusivo del derecho, con el cual la Ley 108-05 tiene compromiso de amparar las conductas armoniosas, de buena fe y costumbres y de respeto a los derechos ajenos. Este principio tiene valor de criterio de verdad.
3. LOS PRINCIPIOS EN EL SANEAMIENTO
El primer artículo de la Ley 108-05 cita entre su objeto "REGULAR EL SANEAMIENTO" y los artículos 20 al 27 desarrollan dicho proceso.
En este cuadro, mostramos en la columna a la izquierda los diez principios y en las siguientes dos mostramos contenidos del proceso de saneamiento relacionados con cada uno.
Transcripción del artículo primero de la Ley 108-05:
La regulación del saneamiento es el primer proceso de la Ley 108-05 citado por el legislador y que desarrolla en los artículos del 20 al 27.
En este cuadro, mostramos en la columna a la izquierda los diez principios y en las siguientes dos mostramos contenidos del proceso de saneamiento relacionados con cada uno.
1. De Regulación
Arts. 20-27
|
20: Definición:
Proceso, orden
público, individualización, depuración, primer registro.
Personas reclamantes
poseedora derecho en terreno no registrado
|
No abogado (20).
Posesión (21).
Actos posesorios (21).
Prueba de la posesión
(22)
Competencia (23).
Etapas de saneamiento (24);
Procedimiento de Mensura (25).
Solicitud, autorización (Párrafo I, 25).
Párrafo II, 25:
Contenido solicitud.
Proceso Judicial
(Art. 26).
Registro (Art. 27).
|
2. Sistema de Publicidad: especialidad, legalidad,
legitimidad y publicidad
|
Art. 20
(individualización, depuración, registro).
Art. 21: Posesión ( pacífica,
inequívoca e ininterrumpida
|
Art. 20, Par. I:
Legitimidad.
|
3. Estado,
propietario original
|
Art. 20, Pár. I: Reclamantes
(no partes).
|
20, párrafo. Estado,
Reclamante;
26, Parrafo V.
|
4.
Imprescriptibilidad
|
26: Sentencia de
adjudicación oponible
|
|
5. Orden Público
|
Art. 20: Saneamiento
de orden público
|
|
6. Facultad
Legislativa
|
Art. 26, Párr. VII documentación complementaria, establecida por la
vía reglamentaria por la Suprema Corte de Justicia.
|
|
7. Sistema de Fuente
|
Constitución de la
República, Ley 108-05.
|
|
8. Tarea de zanjar
dudas, contradicciones y carencias
|
Art. 26 (Tribunal de
Jurisdicción Original: Depura).
|
|
9. Libertad de prueba
|
Art. 22: Todo medio
de prueba
|
|
10. Ejercicio Abusivo
|
Art. 26, Párr. VI:
Recurso extraordinario de revisión por causa de
fraude
|
Más principios que completan el sistema del derecho inmobiliario corresponden al derecho constitucional que nuestra Constitución recoge en su preámbulo a dicho documento fundamental y que motivaron al legislador constituyente y comproten a todos los ciudadanos de la República, "...la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna, el bienestar social, el equilibrio ecológico, el progreso y la paz", también considerados factores para la cohesión social.
CONCLUSIÓN
Un principio que no hemos comentado y que, sin embargo, es el operativo de todos los demás es "el trabajo", y no cualquier trabajo, sino el "trabajo abnegado", que tiene detrás el valor del agradecimiento a todos los hombres y mujeres de generaciones presentes y pasadas que lo ha estimulado para lograr la cohesión de los principios explorados en el marco de las coordinaciones necesarias del derecho inmobiliario.
0 comentarios:
Publicar un comentario